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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351141
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3909
NACIONALIZACION, JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 3909
El Ministerio Público Federal al intervenir como actor en un juicio de nacionalización, ejercita las acciones que corresponden a la nación, para dar cumplimiento a la fracción II del artículo 27 constitucional, y entonces el Estado actúa como entidad soberana, por lo que puede pedir amparo contra la resolución que recaiga, y, en consecuencia, debe sobreseerse el que en su nombre pida el Ministerio Público, de acuerdo con lo mandado en los artículos 73, fracción XVIII Y 74, fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil directo 1658/43. Agente del Ministerio Público Federal.- 3 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.