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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351154
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4127
QUEJA CONTRA LA AUTORIDAD RESPONSABLE, EN CASO DE AMPARO DIRECTO.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4127
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia, al interpretar la fracción VIII, del artículo 95 de la Ley de Amparo, ha establecido la tesis de que quizá pudiera interpretarse su parte final, argumentando ser procedente el recurso de queja en los mismos cuatro casos a que se contrae la primera parte, pero que de hacerse esa interpretación, resultaría inútil, por redundante, la regla general contenida en la propia fracción, en la que quedan comprendidos todos los demás casos que no están expresamente señalados en su primera parte; por lo que legalmente debe establecerse que es procedente el mencionado recurso en los demás casos relacionados con la suspensión o no suspensión de los actos reclamados, otorgamiento de fianzas y contrafianzas y libertad caucional, siempre que las resoluciones respectivas causen daños o perjuicios notorios a alguno de los interesados. Ahora bien, si se tiene en cuenta que la materia del auto combatido en la vía de queja, consiste en haberse rehusado la Sala responsable a conocer de este recurso interpuesto ante ella, por la parte recurrente, contra actos de un Juez, por no haber respetado la suspensión definitiva de los actos reclamados, es inconcuso que el auto recurrido no está comprendido en ninguno de los casos a que se refiere la citada fracción.
Precedentes
Queja en amparo civil 40/43. Compañía de predios Urbanos, S. A. 7 de junio de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.