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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351160
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4371
TITULOS DE CREDITO, VALIDEZ DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 4371
La circunstancia de que el acreedor no hubiera anotado en sus libros de contabilidad la operación de préstamo consignada en el título de crédito fundatorio de la acción ejercitada, no puede invalidar el propio título, si el mismo reúne todos los requisitos que exige el artículo 170 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.
Precedentes
Amparo civil directo 2954/42. Sucesión de Amelia Domínguez. 10 de junio de 1943.- Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.