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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
351205
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5614

ALIMENTOS, PRUEBA DE LA NO EXISTENCIA DE LA OBLIGACION DE MINISTRARLOS.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXVI; Pág. 5614

Precedentes

Amparo civil directo 640/41. Espinosa Amador.- 23 de junio de 1943.- Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 351205