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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351259
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 444
LIBROS DE LOS COMERCIANTES, INSPECCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 444
El artículo 42 del Código de Comercio, garantiza el derecho de los comerciantes para que no se haga pesquisa alguna en su contabilidad, excepción hecha del caso en que las autoridades fiscales traten de investigar si está timbrada debidamente; pero dicha disposición no puede ser obstáculo para la práctica de diligencias de carácter judicial, como sucede en el caso de que la inspección haya sido ordenada para los efectos de una prueba en un juicio sucesorio.
Precedentes
Amparo civil en revisión 4001/37. Santibáñez José H. 7 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Antonio Islas Bravo. Relator: Hermilo López Sánchez.