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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351278
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 678
PRUEBA TESTIMONIAL, REQUISITOS DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 678
Las actuaciones judiciales que contengan declaraciones de testigos, no hacen prueba plena en juicio, si tales testigos no fueron examinados por el Juez del procedimiento, ni se llenaron los requisitos de los artículos 507 y siguientes, del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, de mil ochocientos ochenta y cuatro, pues en tales condiciones, carecen de valor, conforme a lo que dispone el artículo 568 del mismo ordenamiento.
Precedentes
Amparo civil directo 4429/33. Jara José Ignacio. 11 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.