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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351290
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1006
NACIONALIZACION, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PEDIDO POR EL ESTADO, CONTRA SENTENCIAS DICTADAS EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1006
La intervención del Ministerio Público Federal en los juicios de nacionalización de bienes, constituye un acto de soberanía, mediante el cual, deduce ante los tribunales federales, las acciones correspondientes a la Nación, en cumplimiento del artículo 27, fracción II, de la Constitución Federal; y si bien es cierto que la nacionalización de un bien, se traduce en un modo de adquirir la propiedad, y por lo mismo, es eficaz para reducir el acto a uno de naturaleza patrimonial, también lo es que dicha actividad no puede equipararse a un acto de orden privado, supuesto que las normas que lo rigen, son de derecho público; por tanto, el Estado no actúa en tales casos como entidad jurídica, poseedora de bienes propios, indispensables para ejercer sus funciones, y por lo mismo, no puede ocurrir al juicio de garantías, porque la sentencia dictada en el juicio de nacionalización, no afecta sus intereses patrimoniales.
Precedentes
Amparo civil directo 9117/42. Agente del Ministerio Público Federal, adscrito al Tribunal del Quinto Circuito. 14 de enero de 1943. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.