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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351320
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1588
ASAMBLEAS DE ACCIONISTAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 1588
La sentencia que establece la nulidad de la asamblea de accionistas de una sociedad anónima, debe reputarse consentida por todos y cada uno de los socios, de acuerdo con lo prescrito por el artículo 203 de la Ley General de Sociedades Mercantiles.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7239/42. Silva y Piña Joaquín. 20 de enero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Excusa: Teófilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.