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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351390
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3756
ARRENDAMIENTO, PRORROGA DEL CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 3756
El artículo 2485 del Código Civil del Distrito Federal, que establece la prórroga del arrendamiento, se refiere únicamente al caso en que ese contrato sea por tiempo determinado, y cuando se trata de contratos por término indefinido, el artículo 2484 del código citado, remite al capítulo séptimo, que es el que, de una manera exclusiva, reglamenta dichos contratos.
Precedentes
Amparo civil directo 7655/42. San Germán Ortega Juvenal. 12 de febrero de 1943. Mayoría de tres votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator y disidente: Hilario Medina.