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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351425
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5001
PRUEBAS PARA MEJOR PROVEER.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5001
La facultad del Juez de dictar autos mandando practicar diligencias para mejor proveer, es como su mismo nombre lo indica, una simple facultad, mas no una obligación; y si el Juez no hace uso de dicha facultad, no viola por ello garantía individual alguna.
Precedentes
Amparo civil en revisión 1613/42. "Transportes Marítimos y Vías Fluviales", S. C. M. de R. L. 27 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.