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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
351426
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5027

APELACION, OPOSICION A LA.

[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 5027

Precedentes

Queja en amparo civil 171/41. Taboada Angel (quiebra). 27 de febrero de 1943. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos L. Angeles no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véanse: Apéndice al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Octava Parte, Común, página 67, tesis 43, de rubro "AMPARO CONTRA ACTOS JUDICIALES.". Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca: Tomo LXIX, página 2659, tesis de rubro "APELACION MAL ADMITIDA, RESOLUCION QUE DECLARA IMPROCEDENTE EL INCIDENTE DE.". Tomo XLII, página 2293, tesis de rubro "APELACION MAL ADMITIDA, RESOLUCION QUE DECLARA IMPROCEDENTE EL INCIDENTE DE.".
Registro digital (IUS): 351426