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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351490
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7385
PERSONALIDAD DEL ACTOR, IMPUGNACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXV; Pág. 7385
Es improcedente conceder la suspensión contra el fallo que desecha la excepción de falta de personalidad del actor, puesto que dicha medida tendría por efecto paralizar el procedimiento del juicio, lo que es contrario al orden público, ya que el artículo 17 constitucional, de una manera clara, establece que los tribunales estarán expeditos para administrar justicia en los plazos y términos que fija la ley, de modo que si se concediera la suspensión, se quebrantaría lo dispuesto por la fracción II del artículo 124 de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 8626/42. The Fresnillo Company. 22 de marzo de 1943. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.