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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351558
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1186
ESTADO CIVIL, COMPROBACION DEL, POR PARTIDAS PARROQUIALES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1186
Para la eficacia legal de las partidas parroquiales, es necesario comprobar que son anteriores al establecimiento del Registro Civil y que sean cotejadas por notario.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3009/42. Secretaría de la Asistencia Pública. 14 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CVIII, página 1751, tesis de rubro "ESTADO CIVIL, PRUEBA DEL.".