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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351565
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1273
REPARACION CONSTITUCIONAL, AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1273
La resolución recaída a la reparación constitucional solicitada por el quejoso, no es susceptible de ser combatida mediante el juicio de garantías, ya que contra dicha resolución la ley sólo fija al reclamante, el medio de la protesta, por negarse la reparación.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 6128/42. Paredes Antonia. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.