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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351566
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1279
PRUEBAS, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO CONTRA EL AUTO QUE LAS ADMITE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1279
El auto que admite las pruebas ofrecidas por una de las partes, no acarrea, por sí solo, perjuicio a su contraria, puesto que en manera alguna implica evaluación de esas mismas pruebas, la que sólo tiene lugar en la sentencia que resuelva la controversia, y solamente hasta entonces, practicada la valoración, base del fallo adverso al reclamante, podrá apreciarse si existe agravio. En consecuencia, el auto de que se trata no tiene el carácter de irreparable y no admite en su contra el amparo, conforme a lo dispuesto por la fracción IX del artículo 107 de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 6603/42. Alvarado Luis. 15 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Hilario Medina. La publicación no menciona el nombre del ponente.