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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351579
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1679
BANCO DE CREDITO EJIDAL.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 1679
Es una persona moral de derecho civil como cualquiera otra sociedad y por lo mismo, al conceder la suspensión en un amparo, en el que tenga el carácter de tercero perjudicado, no puede decirse que se afecta el interés público.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1016/42. Irigoyen Alfonso y coagraviados. 19 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.