Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/351608
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351608
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2235
COMPETENCIA, SUSPENSION CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN MATERIA DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2235
La resolución por la cual se declara competente para conocer de un juicio, a determinada autoridad judicial, es meramente declarativa, sin efectos de ejecución, y dicha resolución se consuma al ser dictada, por lo que no es procedente conceder la suspensión que contra ella se solicite, ya que de lo contrario se daría a la suspensión efectos restitutorios.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4808/42. Escandón Rovelo Gonzalo. 24 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Téofilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.