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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351617
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2351
FIANZA, INSUFICIENCIA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2351
Si el tercero perjudicado alega que la fianza exigida para conceder la suspensión, es insuficiente, y no aporta las pruebas necesarias para calificarla, el agravio es infundado, máxime, si el Juez de Distrito, en su resolución, dice que esa fianza puede aumentarse o disminuir, si procede, en vista de mejores datos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4885/42. Castillo José. 26 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Téofilo Olea y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.