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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351624
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2436
COMPRAVENTA EN ABONOS, RESCISION DE LA (LEGISLACION DE JALISCO).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2436
Si el contrato en que se pactó la venta de un automóvil en abonos, contiene una claúsula que autoriza la rescisión del mismo, en caso de falta de pago de uno o de varios abonos, en los términos del artículo 2228 del Código Civil del Estado de Jalisco; pero tal contrato no fue inscrito en el registro público de la propiedad, por esta circunstancia, la cláusula de que se trata, no puede surtir efectos contra el tercero que, para garantizar un crédito, hubiera secuestrado el automóvil en cuestión.
Precedentes
Amparo civil en revisión 5719/42. Silva Bibiano. 27 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.