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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351639
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2732
COPIAS NO TIMBRADAS.
[TA]; 5a. Época; 4a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2732
Si el quejoso en el amparo, exhibe unas copias no timbradas, debe tenerse en cuenta que la omisión del impuesto del timbre en un documento, sólo puede tener efectos fiscales, pero nunca valor probatorio al mismo documento ni ser ineficaz la acción ejercitada, basándose en el mismo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3223/37. Carmona Ireneo. 29 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Roque Estrada. La publicación no menciona el nombre del ponente.