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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351647
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2971
CONVENIOS, AMPARO CONTRA RESOLUCIONES DICTADAS EN EJECUCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 2971
El auto dictado en ejecución de un convenio, que no tiene eficacia de sentencia ejecutoriada, no admite en su contra la última resolución del procedimiento de ejecución, y en caso, contra el auto que aprueba el remate, de conformidad con lo que dispone el artículo 114, fracción III, de la Ley de Amparo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7849/42. Coronado Justino. 31 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.