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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351660
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3107
APELACION EXTRAORDINARIA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3107
El objeto de este recurso, es anular el procedimiento en el juicio en el cual se interpone; y si se declara improcedente por el tribunal de alzada, se establece una situación jurídica firme, que permite al Juez inferior, ejecutar la sentencia que dictó, de modo que el rechazamiento de la apelación, trae consigo efectos que sí pueden suspenderse por ser de carácter positivo, pero la suspensión debe otorgarse mediante fianza, para responder los daños y perjuicios que con ella puedan causarse a terceros.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 4319/42. Reynoso Sebastián. 4 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.