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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351680
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3537
APELACION EXTRAORDINARIA, NATURALEZA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 3537
La apelación extraordinaria, para los efectos del amparo, constituye un recurso ordinario.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del auto que desechó la demanda 7772/42. González de Amat María del Carmen y coagraviados. 7 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena, no intervino en la discusión y votación de este negocio, por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo LVI, página 514, tesis de rubro "APELACION EXTRAORDINARIA PENDIENTE, PARA LOS EFECTOS DE PROMOVER AMPARO.".