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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351764
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5499
CONTRAFIANZA EN EL AMPARO, MONTO DE LA.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 5499
Conforme al artículo 126 de la Ley de Amparo, son dos las prestaciones de que debe responder la contrafianza, para el caso de que se conceda la protección constitucional al quejoso: la restitución de las cosas al estado que guardaban con anterioridad a la violación de garantías, y el pago de los daños y perjuicios causados por la ejecución del acto reclamado.
Precedentes
Queja en amparo civil 695/41. Spínola Numa. 28 de noviembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos. L. Angeles. La publicación no menciona el nombre del ponente.