Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
|
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/tesis/351799
📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
351799
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6291

PROVIDENCIAS PRECAUTORIAS, AMPARO CONTRA LA RESOLUCION DE SEGUNDA INSTANCIA QUE NIEGA EL LEVANTAMIENTO DE LAS (LEGISLACION DE OAXACA).

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6291

Precedentes

Amparo civil en revisión 8798/42. Moreno Félix E. 7 de diciembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no intervino por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 351799