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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351807
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6380
ALBACEAS, SINDICOS E INTERVENTORES, REMOCION DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 6380
La Corte, en diversas ejecutorias, ha sostenido que los albaceas, síndicos e interventores, son apoderados de la respectiva entidad moral de que se trata y que el hecho de removerlas, implica la revocación del mandato, que se consuma desde el momento en que el auto se dicta; por lo cual es improcedente conceder la suspensión, pues sería absurdo que quien ha dejado de ser apoderado, siga ejecutando los actos inherentes al mandato, y por otra parte, se darían a la suspensión efectos restitutorios, porque estando ya removido el quejoso, se le volvería a su cargo.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 6821/42. Benítez Enrique. 8 de diciembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.