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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351901
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1247
CERTIFICACIONES DE LAS AUTORIDADES MUNICIPALES, VALOR PROBATORIO DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1247
Si bien es cierto que los documentos auténticos expedidos por funcionarios que desempeñan cargo público hacen prueba plena, también lo es que para ello es necesario que esos documentos se refieran al ejercicio de las funciones de la autoridad que los suscribe. Por tanto, las autoridades municipales no tienen entre sus funciones, la de certificar la posesión de bienes en favor de persona alguna, por lo cual sus certificaciones en tales casos, no pueden tener otro valor probatorio, que el dicho de un testigo, recibido sin las formalidades que las leyes de procedimiento consagran.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2307/34. Granados Clemente y coagraviados. 15 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. relator: Gabino Fraga.