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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
351910
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1455

PAGO, OFRECIMIENTO DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 1455

Precedentes

Amparo civil directo 8945/41. Velasco y Ortiz J. Ramón de. 16 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. El Ministro Felipe de Jesús Tena no concurrió al acuerdo por las razones que constan en el acta del día. Disidente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente. Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo XXXVI, página 380, tesis de rubro "PAGO.".
Registro digital (IUS): 351910