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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351941
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2064
RECTIFICACION DE ACTAS SOBRE RECONOCIMIENTO DE HIJOS NATURALES, PARTES EN LOS JUICIOS DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2064
En el juicio de rectificación de una acta sobre reconocimiento de un hijo natural, éste debe ser considerado como parte, por ser el afectado en dicho juicio; de manera que si se le priva de sus derechos sin ser oído ni vencido, se viola en su perjuicio el artículo 14 constitucional, lo que indica que debe concedérsele la protección federal que solicite con tal motivo.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9514/41. Alonso de Juárez Margarita. 23 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.