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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351942
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2063
ACTOS CONSUMADOS DE MODO IRREPARABLE (RECTIFICACION DE ACTAS DEL ESTADO CIVIL).
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2063
No puede estimarse irreparablemente consumado el acto consistente en la sentencia dictada en un juicio sobre rectificación de una acta relativa al reconocimiento de un hijo natural, por la circunstancia de que dicha sentencia haya causado ejecutoria y se haya hecho la inscripción correspondiente en el Registro Civil, pues el amparo tiene efectos restitutorios, mediante los cuales es posible nulificar o destruir todo procedimiento reclamado, así como la sentencia dictada y su ejecución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 9514/41. Alonso de Juárez Margarita. 23 de julio de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Nicéforo Guerrero no asistió a la sesión por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.