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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351950
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2231
APREMIO, SUSPENSION TRATANDOSE DE MEDIDAS DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2231
Las medidas de apremio tienen por objeto principal, que sean debidamente cumplidas las resoluciones judiciales que han causado ejecutoria, y si se impide el cumplimiento de esa sentencias, indudablemente que se afecta el interés general, que radica esencialmente en que no se estorbe la ejecución de los fallos definitivos, en forma alguna, porque la justicia deber ser pronta y expedita y con la suspensión se prolongan indebidamente los litigios. En consecuencia, la suspensión debe negarse contra el apercibimiento de multa como medida de apremio, para que se entregue al juzgado una suma de dinero, cuya entrega se había ordenado por resolución anterior firme; y aun cuando se deje sin materia el amparo con la ejecución del acto reclamado, primordialmente debe tenerse en cuenta si se afecta el interés general con la concesión de la medida, pues, en caso adverso, debe negarse la suspensión, cualquiera que sea el resultado de la ejecución del acto reclamado.
Precedentes
Tomo LXXIII, página 8272. Indice Alfabético. Incidente de suspensión 5097/42. Chávez José Manuel. 25 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXIII, página 2231. Amparo penal. Revisión del incidente de suspensión 4315/42. Cano Aníbal G. y coagraviada. 25 de julio de 1942. Mayoría de tres votos. Ausente: Fernando de la Fuente. Disidente: José Rebolledo. La publicación no menciona el nombre del ponente.