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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
351987
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 503

NACIONALIZACION, IMPROCEDENCIA DEL AMPARO PEDIDO POR EL ESTADO, CONTRA SENTENCIAS DICTADAS EN LOS JUICIOS DE.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIV; Pág. 503

Precedentes

Amparo civil directo 11561/32. Agente del Ministerio Público Federal. 7 de octubre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Ausente: Felipe de J. Tena. Ponente: Emilio Pardo Aspe. Quinta Epoca: Tomo LXXIII, página 2876. Amparo civil directo 6502/34. Ministerio Público Federal adscrito al Tribunal del Cuarto Circuito. 31 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 351987