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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 351995
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2920
JURISDICCION VOLUNTARIA, OPOSICION A LA (APEO Y DESLINDE).
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 2920
No basta para rechazar la oposición de un tercero, a unas diligencias de jurisdicción voluntaria, que el juzgador estime que está acreditado en debida forma, que no se trata del mismo predio cuyo apeo y deslinde es materia de las diligencias; pues aunque los linderos y la extensión no sean los mismos, si entre ellos hay algunos iguales, por lo menos en parte, es inconcuso que se trata del terreno que se deslinda; tanto más, si el oponente no impugna el informe rendido en jurisdicción voluntaria, en toda su extensión, sino en cuanto abarca determinada parte del predio que se deslinda.
Precedentes
Amparo civil en revisión 8368/40. Mendoza Francisco. 31 de julio de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.