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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352015
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3095
FEDERACION COMO PARTE.
[TA]; 5a. Época; Pleno; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3095
La Suprema Corte, en diversas ejecutorias, ha sostenido la tesis de que a la Federación sólo se le puede considerar como parte en el juicio, para los efectos del artículo 105 de la Constitución General, cuando sea actora o demandada, siempre que obre como persona moral y no como autoridad, es decir, sólo cuando es sujeto de un contrato o convención en que haya intervenido.
Precedentes
Demanda contra las Secretarias de Hacienda y Crédito Público y de la Defensa Nacional 15/41. García Catalina. 4 de agosto de 1942. Mayoría de catorce votos. Disidente: Fernando de la Fuente. La publicación no menciona el nombre del ponente.