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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352016
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3146
REIVINDICACION, POSESION COMO TITULO DE DOMINIO PARA FUNDAR LA ACCION DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3146
Una posesión que reúne las características necesarias, para ser considerada como título de dominio en favor del poseedor, puede ser título de reivindicación, con tal que esa posesión exista desde antes del título del oponente, porque sólo así puede estimarse que la causa de poseedor debe prevalecer sobre el dominio que alega la otra parte. Esta tesis es enteramente conforme con el tomo general y el espíritu de la jurisprudencia aplicable a la acción reivindicatoria (Apéndice al tomo LXIV, del Semanario Judicial de la Federación, página 6591), la cual se reduce, en último análisis, a que el juzgador debe confrontar los títulos que respectivamente se aleguen a la propiedad, para determinar cual es el mejor.
Precedentes
Amparo civil directo 7345/36. Arroyo García Francisco. 4 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Felipe de J. Tena no intervino en la votación de este asunto por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.