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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
352049
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3698

POSESION, SU FALTA DE COMPROBACION NO MOTIVA EL SOBRESEIMIENTO, SINO QUE SE NIEGUE EL AMPARO.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3698

Precedentes

Tomo LXXIII, página 8783. Indice Alfabético. Amparo en revisión 3671/42. Ortiz Múgica Arturo. 7 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Tomo LXXIII, página 3698. Amparo civil en revisión 4632/41. Solís Ramírez Dominga. 12 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó en este negocio, por la razón que se expresa en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 352049