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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352054
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3764
REIVINDICACION.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3764
No es verdad que el artículo 4o. del Código de Procedimientos Civiles del Distrito Federal, exija para la procedencia de la acción reivindicatoria, que se demande previamente la nulidad del título en que pueda apoyarse quien detenta el bien.
Precedentes
Amparo civil directo 8326/41. Mendoza viuda de Romero Petra. 13 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe no votó por las razones que constan en el acta del día. Relator: Hilario Medina.