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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
Registro digital (IUS)
352055
Tipo
Tesis Aislada
Época
5a. Época
Instancia
S.C.J.N.
Fuente
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3771

AMPARO CIVIL DIRECTO, IMPROCEDENCIA DEL, POR DEFICIENCIAS EN LA DEMANDA.

[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 3771

Precedentes

Amparo civil directo 3629/42. Rodríguez de Castellanos Josefina. 13 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. E Ministro Emilio Pardo Aspe, no concurrió al acuerdo por las razones que se expresan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Registro digital (IUS): 352055