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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352094
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4691
PROPIEDAD, PRUEBA DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4691
El convenio de cuyos términos aparezca que el quejoso adquirió el derecho de que se le otorgue la escritura de venta de una casa, mediante el pago de cierta suma de dinero que efectuó, no puede servir para demostrar con relación a tercero, que es propietario de dicha casa, ni tampoco que es poseedor de la misma, si el vendedor se comprometió a entregársela, en determinado plazo, y no hay prueba de que haya ocurrido la entrega; sin que importe que el convenio de que se trata, hubiera sido inscrito en el Registro Público, porque esa inscripción no puede conceder más derechos, que los del acto inscrito.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3336/42. Flores Ernesto J. 25 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Emilio Pardo Aspe, no intervino en este asunto por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.