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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352115
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4905
PRUEBA PERICIAL, APRECIACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4905
La apreciación de la prueba pericial es un acto meramente subjetivo, que queda al prudente arbitrio del juzgador, y basta para que dicha apreciación sea correcta, que éste examine los fundamentos del peritaje, en relación con los presupuestos en que se basa, sin que en tal caso, la autoridad federal en el amparo, pueda sustituir su criterio, en la estimación de dicha prueba.
Precedentes
Amparo civil directo 5339/40. Galaviz Romano Benito. 27 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.