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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352118
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4913
CAUSAHABIENTES.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4913
Debe estimarse que tienen el carácter de causahabientes del demandado en un juicio, quienes adquieren del mismo, el bien que lo fue embargado en dicho juicio; sin que importe que en el momento de la adquisición, aparcería cancelado ese embargo en el Registro Público de la Propiedad, si contra dicha cancelación se promovió un juicio de garantías en que fue concedida la protección federal, pues siendo los efectos de las ejecutorias de amparo, restituir las cosas al estado que guardaban antes de la violación, de acuerdo con el artículo 80 de la Ley de Amparo, es claro que en el caso de que se trata, uno de tales efectos, fue indudable el de anular la cancelación, dejando viva la inscripción del embargo, como si nunca se hubiera interrumpido.
Precedentes
Tomo LXXIII, página 8333. Indice Alfabético. Amparo en revisión 8269/41. Robles Albino 27 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXIII, página 8333. Indice Alfabético. Amparo directo 8261/41. Robles Alfonso. 27 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXIII, página 4913. Amparos civiles acumulados en revisión 5565/40. Robles Albino y coagraviado. 27 de agosto de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.