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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352120
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4930
EMBARGO, LEVANTAMIENTO DE.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 4930
El levantamiento de embargo decretado en jurisdicción voluntaria, sin audiencia del embargante, no es acto definitivamente consumado, puesto que el amparo tiene efectos retroactivos y no puede producir efectos legales el levantamiento de un embargo hecho con violación de la Constitución.
Precedentes
Amparo civil en revisión 2443/42. Erosa Cámara Vicente. 27 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.