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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352126
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5157
PRUEBAS QUE NO OBRAN EN EL EXPEDIENTE DE AMPARO, IMPUGNACION DE LA ESTIMACION DE LAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5157
Si se reclama en el amparo, la indebida estimación de la prueba pericial rendida en el juicio de que emanó el acto reclamado; pero el quejoso no cuidó de que constaran en el expediente de amparo, las diligencias relativas a la recepción de esa prueba, resulta que la Suprema Corte no está en condiciones de decidir si esa estimación ha sido, o no, contraria a las normas legales que la disciplinan, y por lo mismo, debe desecharse el concepto de violación indicado.
Precedentes
Amparo civil directo 3934/41. Blanco Mercedes y coagraviado. 28 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Emilio Pardo Aspe. La publicación no menciona el nombre del ponente.