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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352142
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5286
EJECUCION DE SENTENCIAS.
[TA]; 5a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5286
Contra ellas es improcedente la suspensión, toda vez que el interés radica esencialmente en que se cumpla pronto y debidamente los fallos definitivos.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 1693/42. Delgado Adolfo. 29 de agosto de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Fernando de la Fuente.La publicación no menciona el nombre del ponente.