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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352164
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5976
ESCRITORIOS PUBLICOS, PROCEDENCIA DE LA SUSPENSION TRATANDOSE DE LA CLAUSURA DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 5976
Debe concederse la suspensión definitiva de la orden de clausura de un escritorio público, en atención a que concurren las condiciones requeridas por el artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que no se ocasiona perjuicio al interés general, ni se contravienen disposiciones de orden público, y en cambio, sería difícilmente reparables los daños y perjuicios que resentiría el quejoso con la ejecución del acto, porque dejaría de percibir los ingresos que el negocio pueda proporcionarle.
Precedentes
Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 2409/42. Valdez Carlos. 9 de septiembre de 1942. Unanimidad de cinco votos. Relator: Gabino Fraga.