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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352178
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6280
SEGURO DEL VIAJERO, CONTRATO DE.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6280
El contrato de seguro del viajero se perfecciona en el momento mismo en que una persona contrata el servicio de transporte y recibe el boleto correspondiente, en el cual, conforme a la Ley de Vías Generales de Comunicación y su reglamento, está ya comprendido el pago de la prima del seguro.
Precedentes
Tomo LXXIII, página 8892. Indice Alfabético. Amparo directo 8452/40. "Protección Mutua", Sociedad General de Seguros. 11 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Carlos I. Meléndez. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Tomo LXXIII, página 6280. Amparo civil directo 8450/40. Sociedad General de Seguros "Protección Mutua". 11 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Carlos I. Meléndez no votó por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.