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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352192
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6516
POSESION, LA INSPECCION OCULAR NO ES BASTANTE PARA ACREDITARLA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 6516
La circunstancia de que el quejoso hubiera entrado y salido de un cuarto o habitación, cuando el actuario practicó la inspección ocular que ordenó el Juez de Distrito respectivo, no comprueba que dicho quejoso esté en posesión de esa vivienda, ni menos del predio en que ésta se encuentre situada, pues por muchos motivos, distintos de la posesión, pudo haber entrado y salido de la expresada habitación.
Precedentes
Amparo civil en revisión 3745/42. Sánchez Zeferino.- 18 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Hilario Medina no intervino en la resolución de este negocio por las razones que constan en el acta del día. La publicación no menciona el nombre del ponente.