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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352232
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7782
POSESION, IMPROCEDENCIA DE LA SUPENSION CONTRA LA CONSUMACION DE LA.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7782
Debe negarse la suspensión, cuando el acto reclamado haya quedado definitivamente consumado, como sucede en el caso de haberse dado la posesión de una casa, a una persona, y si otra que había estado poseyéndola, continúa haciéndolo, en virtud de un convenio celebrado con el nuevo dueño, debe convenirse en que se trata de un acto distinto, que ya no es consecuencia de aquél.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 700/41. Gasca Felícitas. 13 de noviembre de 1941. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.