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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352237
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7826
AVERIGUACIONES PENALES, RELACIONADAS CON LOS JUICIOS CIVILES, IMPROCEDENCIA DE LA SUSPENSION CONTRA LA NEGATIVA A HACERLAS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7826
La negativa a hacer una averiguación penal y a suspender el procedimiento de un juicio ejecutivo mercantil, son actos negativos y por lo mismo, la suspensión es improcedente, y aunque dicha negativa tiene el efecto positivo de que continúe el procedimiento, ya se ha establecido que tampoco sería de concederse la medida, porque se trata de un acto que afecta el interés social.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 7179/41. Cardín Ancona Julio. 23 de septiembre de 1942. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José M. Ortiz Tirado. La publicación no menciona el nombre del ponente.