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📜 Doctrina histórica — 5a. ÉpocaEsta tesis fue publicada en el Semanario Judicial de la Federación antes de la época contemporánea. Se reproduce tal como aparece en la fuente oficial. Verifica su vigencia como precedente contra el corpus reciente.
Tesis AisladaHistórica5a. ÉpocaS.C.J.N.
- Registro digital (IUS)
- 352242
- Tipo
- Tesis Aislada
- Época
- 5a. Época
- Instancia
- S.C.J.N.
- Fuente
- [TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7960
RECURSOS, RECHAZAMIENTO DE LOS.
[TA]; 5a. Época; 3a. Sala; S.J.F.; Tomo LXXIII; Pág. 7960
La no admisión de un recurso es un acto negativo, por lo que contra ella no cabe la suspensión, que tendría por efecto la paralización del procedimiento, y si la suspensión se pide contra los efectos de esa negativa, y éstos son que se cumpla un fallo anterior, contra el cual se endereza el recurso que no fue admitido, por este motivo carece de materia la suspensión.
Precedentes
Amparo civil. Revisión del incidente de suspensión 5319/41. Macín Guillermo. 24 de marzo de 1942. Unanimidad de cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.